domingo, 24 de mayo de 2009

LOGROS DE LAS MUJERES EN LA LEGISLACION COLOMBIANA

En la constitución de 1886, en el Titulo II que corresponde a los habitantes y nacionales, queda totalmente excluida la mujer del derecho de ciudadanía y de sus beneficios, responsabilidades, deberes y obligaciones, ya que en esta parte de la constitución solo se utiliza el concepto general de ciudadano.
Desde el gobierno de Carlos Lleras Restrepo, en la legislación colombiana se han tomado cartas en el asunto en cuanto a la protección de la mujer en Colombia, a través de las reformas constitucionales que mencionare a continuación:


REFORMAS CONSTITUCIONALES EN BENEFICIO DE LA MUJER

En la legislación colombiana se ha mantenido a la mujer en una inferioridad en, materia de derechos, no se le reconocían. Las principales reformas constitucionales han sido:

•La Reforma de 1936.
•La Reforma Constitucional de 1945
•El Plebiscito de 1 de diciembre de 1957

En el año 1933, mediante el Decreto 227, Enrique Olaya Herrera autorizó el establecimiento del bachillerato para la mujer, este fue el primer paso para la universidad, a la cual ingreso en el año de 1937 y se introdujo la educación mixta en forma oficial

En la Reforma de 1936, en un debate en la Cámara de Representantes, hubo discusiones sobre el no reconocimiento de la ciudadanía de la mujer y por consiguiente de sus derechos, para esto la ley la hizo apta para que pueda ser elegida en los consejos municipales, en los cuales podría prestar servicios a la comunidad. Además se le concedió a la mujer campesina un lugar en la educación para formarlas como maestras. También para las mujeres que se casen con extranjeros, tendrán derecho a conservar su nacionalidad colombiana. En esta reforma se reconoció el trabajo como una obligación social y por lo tanto gozaría de especial atención del Estado, ya que las campesinas, desde 1781 ocuparon el puesto de asalariadas como trabajadora de tabaco. Y a partir de ese momento se empezó a legislar sobre la Seguridad Social, la cual fue reformas sociales que empezaron a cambiar el panorama laboral del país y en esta época que podemos señalar la industrialización en el país, lo que permitió que la mujer ingresara a laborar en las fabricas

La Ley 45 de 1945 se establece la Ley General del Trabajo, en el cual se crea la jurisdicción del trabajo y se entra a considerar la creación del primer Código Laboral. Desde 1950, el Decreto Ley 2663 que es el actual Código Sustantivo del Trabajo, con numerosas adiciones y modificaciones. En 1951, el Estado colombiano introdujo muchas reformas para favorecer a la mujer al niño, en la salud y recreación.

En el Art. 1 de la Reforma Constitucional Plebiscitaria de 1957 dice: “Las mujeres tendrán los mismos derechos que los varones”, es decir, que la mujer empezó a formar parte del proceso político del país con derecho al voto, fue un año histórico en la Institución política de Colombia.

En el Decreto 1260 de 1970 se suprime la obligación de que la mujer casada lleve el apellido de su marido, simplemente puede figurar con sus apellidos de soltera, porque ya se ha declarado por Ley que es capaz de responder por sus actos sin dependencia del marido

En la Ley 24 de 1974, la Presidencia de la República le otorga a las mujeres iguales derechos y obligaciones que tiene los varones y elimina toda discriminación. En este mismo año, se estableció estatuto de igualdad jurídica de los sexos por medio del Decreto 2820 de 1874 firmado por el Presidente, López Michelsen.

La Ley 1ª de 1976 estableció en Colombia el divorcio para el matrimonio Civil. La mujer puede reclamar la defensa de sus derechos ante los Tribunales Civiles. Además de esto en el Decreto 763 de 1980, se creó el Consejo Nacional para la integración de la mujer al Desarrollo es un organismo adscrito a la Presidencia de la República y tiene por objeto asesorar al presidente en asuntos relativos a la mejor vinculación de la mujer al desarrollo. Y por ultimo siguiendo esta serie de legislaciones, encontramos la Ley 95 de 1980 garantiza la igualdad de condiciones para los hombres y mujeres, a esta última se le denomina la Ley de no discriminación.

LAS MUJERES EN COLOMBIA: UNA SITUACIÓN DE DESVENTAJA

Según el DNP, la tasa global de participación de mujeres en el año 2000 fue de 50,16% siendo la tasa de desempleo, en el mismo año, de 22,9%. En las siete áreas metropolitanas, el desempleo femenino para el 2000 fue de 24,5% para las mujeres frente al 16,9% para los hombres. Por grupos de edad, el desempleo entre mujeres de 18 a 24 años fue de 39,1%, mientras que en los hombres fue de 30,2%. En el rango de 25 a 55 años disminuye un poco la diferencia, siendo de 19,8% para las mujeres y de 12,5% para los hombres.

La tasa de desempleo de las mujeres rurales es sustancialmente más alta que la de los hombres y la diferencia es mucho mayor que la de la tasa global. Para 1999, la tasa de mujeres del sector rural desempleadas era de 19,3 mientras que la de los hombres era de 7,3. En Colombia ser hombre implica tener ingresos 25% superiores en promedio frente a los ingresos de las mujeres (DANE, 2000).

También, 83.000 mujeres que se desempeñan en los hogares de bienestar ganan menos de un salario mínimo y más de 1.300 mujeres que trabajan en casa vecinales como educadoras comunitarias en el Distrito Capital no tienen acceso a prestaciones sociales (Comité PRODESC – Investigación 1999 -2000). La tasa de mortalidad materna en el período 1991/1995 fue de 93,7 por 100 mil nacidos vivos. Las toxemias continúan siendo la primera causa de defunciones maternas con un 26%, presentándose un incremento gradual en los últimos años. El aborto es la segunda causa de muerte materna con un 18,6% (DNP/ SISD).

Una cuarta parte de todas las mujeres entre 15 y 55 años (22,9%) y una tercera parte de las mujeres del mismo grupo de edad que han estado embarazadas alguna vez (30,3%) declara que ha tenido por lo menos una experiencia de aborto inducido (Profamilia: 2000).

Según Medicina Legal, en 1999, del total de lesionadas víctimas de violencia intrafamiliar, el 67% correspondió a violencia conyugal, seguido por violencia entre otros familiares (17%) y maltrato a menores de edad (16%), y su tasa fue de 149 por 100 mil habitantes. En 1995, una de cada cinco mujeres fue golpeada por su cónyuge, es decir, un 19%, cifra igual a la obtenida en 1990. Para el año 2000 esta cifra se duplica y dos de cada cinco mujeres son víctimas de agresión física por parte de su compañero (Profamilia:).

En el periodo 1998 a 2000, el porcentaje de mujeres senadoras era de 13,43% y en la Cámara de sólo 11,8% de representantes. Entre 1991 y 2000 únicamente el 5,04% de mujeres ocupaba el cargo de alcaldesa y el 14,57% se desempeñaba en las asambleas departamentales. Tampoco hubo mujeres gobernadoras. En el actual período, 2000 a 2003, hay una sola mujer gobernadora en todo el país.

La Red de Solidaridad Social señala que en el período que comprendido entre 1999 a 2001 en la población desplazada la jefatura femenina correspondía al 41,65% (24.961 mujeres) y la masculina al 58,34% (34.967 hombres). Según CODHES, en 1997 la jefatura femenina fue del 31%. El 18,5% de la población femenina rural es analfabeta, 0,6 puntos más alta que la masculina (17,9%). (DANE, Cálculos DNP/ DIOGS: 1999).

Según la fuente DNP/SISD, en 1999 la mayor tasa de analfabetismo de las mujeres mayores de 15 años en el país se presentaba en el Departamento del Chocó y era de 22,8%.

1 comentario:

Unknown dijo...

Es un buen resumen estadístico,de gran importancia,pero seria bueno actualizarlo hasta la presente.
Gracias.